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Patrocinio
Cultural.
Deducción del 150%
En Ecuador, las empresas que patrocinan actividades culturales y artísticas pueden deducir el 150% del valor aportado en su declaración de impuesto a la renta, conforme al artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno y la normativa del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
¿Qué incluye el patrocinio?
- Exposiciones y muestras de obra en espacios acordados.
- Producción de piezas para colecciones corporativas o espacios públicos.
- Talleres y demostraciones de alambrismo, tejido y pirograbado.
- Presencia de marca en materiales de difusión de Almanauta.
Proceso
El patrocinio se formaliza mediante un convenio escrito que detalla el monto, las contraprestaciones y el cronograma. Almanauta emite los documentos necesarios para que la empresa pueda aplicar el beneficio tributario.
Contacto
Si su empresa está interesada en patrocinar el proyecto Almanauta, escríbanos a atelier@almanauta.ec con el asunto Patrocinio Cultural. Respondemos en 48 horas.
Última actualización: mayo 2026