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Patrocinio
Cultural.

Deducción del 150%

En Ecuador, las empresas que patrocinan actividades culturales y artísticas pueden deducir el 150% del valor aportado en su declaración de impuesto a la renta, conforme al artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno y la normativa del Ministerio de Cultura y Patrimonio.

¿Qué incluye el patrocinio?

  • Exposiciones y muestras de obra en espacios acordados.
  • Producción de piezas para colecciones corporativas o espacios públicos.
  • Talleres y demostraciones de alambrismo, tejido y pirograbado.
  • Presencia de marca en materiales de difusión de Almanauta.

Proceso

El patrocinio se formaliza mediante un convenio escrito que detalla el monto, las contraprestaciones y el cronograma. Almanauta emite los documentos necesarios para que la empresa pueda aplicar el beneficio tributario.

Contacto

Si su empresa está interesada en patrocinar el proyecto Almanauta, escríbanos a atelier@almanauta.ec con el asunto Patrocinio Cultural. Respondemos en 48 horas.

Última actualización: mayo 2026